El Tribunal Supremo Fija el Plazo para Reclamar Gastos Hipotecarios: Un Golpe a la Banca
El Tribunal Supremo ha dictaminado en una sentencia reciente que el plazo de cinco años para que los consumidores reclamen los gastos hipotecarios comienza desde que una cláusula que asigna todos estos gastos al cliente es declarada abusiva y nula en una sentencia firme. Este fallo sigue la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y representa un golpe para los bancos, que habían argumentado que las reclamaciones estaban prescritas. Con esta decisión, los argumentos de las entidades financieras quedan en gran medida desbaratados.
El conflicto sobre los gastos hipotecarios se remonta a varios años, cuando se declararon abusivas las cláusulas que imponían todos los gastos a los usuarios. En 2019, una nueva ley hipotecaria entró en vigor, estableciendo un reparto de estos gastos. Sin embargo, el debate reciente se centraba en determinar cuándo comenzaba el plazo de cinco años para que los consumidores pudieran reclamar la devolución de estos gastos. Los gastos recuperables incluyen los de registro de la propiedad, gestoría, tasación y el 50% de los gastos notariales, sumando aproximadamente entre 800 y 900 euros para un préstamo de 150,000 euros, y pueden aumentar a 1,000 o 1,500 euros con los intereses legales.
La sentencia del Supremo establece que el plazo de prescripción no comienza hasta que haya una sentencia firme que declare nula la cláusula abusiva, a menos que la entidad prestamista pueda demostrar que el consumidor conocía la abusividad de la cláusula en una fecha anterior. Las asociaciones de consumidores consideran que esta excepción no ofrece mucho margen a la banca y ven la sentencia como un apoyo significativo para los afectados. Según Iñaki Velasco, abogado de EKA-ACUV, el plazo solo corre cuando haya una sentencia firme o cuando el banco reconozca extrajudicialmente la abusividad de la cláusula. Asufin, otra asociación de consumidores, también apoya la sentencia y afirma que los gastos hipotecarios pueden ser reclamados incluso en hipotecas ya amortizadas y canceladas, siempre y cuando sean anteriores a la ley hipotecaria de 2019.
El Supremo sigue así la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE, que en abril respondió a una cuestión prejudicial planteada por el Supremo español. El TJUE determinó que el punto de partida para la prescripción es la sentencia firme que declare abusiva la cláusula, rechazando que se tome como referencia la firma de la hipoteca o la sentencia del Supremo de 2019 que establecía un nuevo reparto de los gastos.
En respuesta a esta situación, Kutxabank había decidido en marzo suspender la devolución de los gastos hipotecarios, con la promesa de hacerlo automáticamente sin necesidad de recurrir a los tribunales una vez quedara claro que las demandas no estaban prescritas. Tras la publicación de la sentencia del Supremo, Kutxabank ha indicado que acatará y cumplirá los términos de la misma una vez la haya estudiado detenidamente




