RECLAMACION A HACIENDA POR DEDUCCIONES NO APLICADAS EN EL IRPF
El Tribunal Supremo, en varias sentencias, más concretamente como consecuencia de la Sentencia 255/2023, de fecha 28 de febrero de 2023, señala que parte de la pensión actual que corresponda como consecuencia de las aportaciones que se hicieron a las antiguas mutualidades laborales, pueden ser deducidas en un 25% en la declaración del IRPF.
Ello se debe a que entre los años 1967 y 1978, se realizaron una seria de aportaciones a las mutualidades laborales y que en su día no fueron minoradas. Por ello, las cotizaciones que no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF, de acuerdo con la legislación vigente en cada momento, deben integrarse en la base imponible del impuesto al 75%, de acuerdo a la Disposición Transitoria Séptima de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas y a consecuencia, se pueden recuperar de las últimas declaraciones de la Renta (últimos cuatro años), las cantidades que no se redujeron.
Por tanto, si eres pensionista y contribuiste a Mutualidades Laborales entre 1967 y 1978, tienes derecho a reclamar a la Agencia Tributaria la devolución del IRPF pagado de más. Si tienes dudas acerca de ello, desde este despacho te asistimos en cada paso para asegurar si te corresponde devolución alguna y en caso de que así sea, recuperes lo que te pertenece. Contamos con amplia experiencia y conocimiento en reclamaciones fiscales, realizamos una atención personalizada y nos aseguramos de ofrecerte una solución a medida. Evaluaremos tu caso y realizaremos tu presentación manteniéndote informado durante todo el proceso.




